Alerta sanitaria del Invima por falsos probióticos femeninos

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El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) lanzó una grave advertencia para los consumidores. La autoridad sanitaria detectó irregularidades en dos referencias de productos promocionados en internet como suplementos de bienestar femenino.

Uso indebido de un registro sanitario real

La entidad detalló que los productos afectados corresponden a las marcas ‘Fyora’ y ‘Lunavia’. Ambas marcas utilizan el número de Registro Sanitario RSA-0033949-2024. El Invima aclaró que dicha autorización estatal sí existe en sus bases de datos, pero fue otorgada exclusivamente para un alimento totalmente diferente.

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Por esta razón, el uso de dicho código para vender los supuestos probióticos constituye una comercialización fraudulenta. La entidad explicó que las marcas incumplen la Resolución 2674 de 2013, la cual prohíbe expender productos con nombres distintos al autorizado o con etiquetas que induzcan al engaño sobre su composición.

Atribución ilegal de propiedades medicinales

El Invima detectó que los productos se promocionan con insistencia en plataformas de comercio electrónico. La publicidad les atribuye falsamente propiedades preventivas, curativas y terapéuticas relacionadas con la restauración del ecosistema íntimo de la mujer.

La normativa colombiana vigente prohíbe de forma estricta que los alimentos y bebidas hagan afirmaciones médicas sin contar con el debido registro de medicamentos. Al ser promocionados de esta manera, los productos infringen la Ley 9 de 1979 y la Resolución 5109 de 2005, pues debieron someterse a los estrictos controles exigidos para los fármacos.

Las órdenes de la autoridad a consumidores y comercios

Ante el riesgo potencial para la salud, la agencia sanitaria emitió un listado de recomendaciones urgentes para la ciudadanía:

  • Para los ciudadanos: El Invima solicita abstenerse por completo de adquirir los probióticos femeninos marcas ‘Fyora’ y ‘Lunavia’. A quienes ya los tengan en su poder, les recomendó suspender de inmediato su consumo y reportar el caso ante las entidades competentes.
  • Para los comerciantes: Los distribuidores y tiendas virtuales tienen prohibido ofrecer estos productos en el territorio nacional. Los establecimientos que incumplan la orden serán objeto de rigurosas medidas sanitarias de seguridad y decomisos.
  • Para las autoridades locales: Las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales deben iniciar una búsqueda activa de estos lotes y fortalecer la inspección y vigilancia en comercios físicos y digitales.

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