Consejo de Estado rechaza demanda contra De la Espriella

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El Consejo de Estado rechazó una demanda de nulidad electoral que buscaba tumbar el acto de inscripción de Abelardo de la Espriella como candidato presidencial. La acción judicial señaló una presunta inhabilidad por las nacionalidades de Abelardo de la Espriella, incluida la estadounidense. Sin embargo, el alto tribunal aclaró que la inscripción de una candidatura constituye un acto de trámite y, por eso, no puede demandarse directamente en esta etapa.

La demanda que buscaba frenar la candidatura

La candidatura presidencial de Abelardo Gabriel de la Espriella Otero volvió al centro del debate jurídico luego de que el Consejo de Estado resolviera una demanda de nulidad electoral presentada contra el acto de inscripción avalado por el Consejo Nacional Electoral.

Sebastián López Betancourt interpuso la acción y pidió anular el acto administrativo con el que se formalizó la inscripción de Abelardo de la Espriella como candidato a la Presidencia de la República para las elecciones de 2026.

El argumento central de la demanda era que el aspirante, presuntamente, no cumpliría con los requisitos constitucionales para llegar a la Presidencia debido a que tendría varias nacionalidades, entre ellas la estadounidense. Según lo expuesto por el demandante, esa condición sería incompatible con el ejercicio del cargo más importante del Estado colombiano.

En la acción judicial también se solicitaba una medida cautelar para suspender la postulación presidencial. El demandante advertía que mantener la candidatura podría generar, según su postura, una percepción de respaldo externo difícil de revertir después del proceso electoral.

Demanda contra Abelardo de la Espriella: Qué alegaba el demandante

De acuerdo con la información conocida del caso, la demanda sostenía que la eventual nacionalidad estadounidense de Abelardo de la Espriella generaba dudas sobre su habilitación para ejercer la Presidencia de Colombia.

El planteamiento apuntaba a que una persona que también ejerza derechos políticos en otro Estado podría enfrentar una situación incompatible con la jefatura del Estado colombiano. Por eso, el demandante pidió que el Consejo de Estado revisara la legalidad del acto de inscripción y frenara los efectos de la candidatura.

Por qué el Consejo de Estado rechazó la demanda

La Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez, concluyó que la demanda no podía prosperar porque el acto de inscripción de una candidatura no es un acto definitivo, sino un acto de trámite dentro del proceso electoral.

En otras palabras, el tribunal consideró que la inscripción de un candidato no pone fin a una actuación administrativa ni decide de fondo una situación jurídica definitiva. Por esa razón, no puede ser demandada de manera directa ante la jurisdicción contencioso administrativa.

La decisión fue clara al señalar que una demanda en esta jurisdicción debe recaer sobre actos definitivos, es decir, aquellos que resuelven de fondo un asunto o hacen imposible continuar con una actuación.

En este caso, el Consejo de Estado explicó que la inscripción de una candidatura hace parte de un proceso que culmina con el acto que declara la elección. Por eso, cualquier cuestionamiento contra la inscripción solo podría revisarse junto con el acto final, si este llega a ser demandado.

El Consejo de Estado rechaza demanda de nulidad contra el acto de inscripción del señor Abelardo Gabriel de… by Rafael Pérez Becerra

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