La condena militar expareja quedó definitivamente en firme luego de que la Corte Suprema de Justicia rechazara el recurso de casación presentado por un mayor retirado del Ejército condenado por asesinar a su expareja delante de su hija e intentar matar a su exsuegra en Barrancabermeja.
La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 41 años y ocho meses de prisión impuesta contra el mayor retirado del Ejército Oscar Iván Hernández Bermúdez, responsable del asesinato de su expareja Telma del Pilar Hernández Torres y del intento de homicidio contra la madre de ella, Sara Elena Torres Martínez, en un crimen ocurrido en mayo de 2011 en Barrancabermeja.
Mediante la sentencia SP627-2026, la Sala de Casación Penal decidió no casar el fallo emitido por el Tribunal Superior de Bucaramanga, dejando en firme la responsabilidad penal del procesado por los delitos de homicidio agravado en concurso con homicidio agravado en grado de tentativa.
Un crimen cometido delante de una niña de cinco años
Los hechos ocurrieron hacia las 5:30 de la mañana del 25 de mayo de 2011, cuando Telma del Pilar esperaba el transporte escolar de su hija de cinco años frente a su vivienda, en el barrio Olaya Herrera de Barrancabermeja.
En ese momento apareció su expareja, Oscar Iván Hernández Bermúdez, quien la atacó repetidamente con dos armas blancas. La mujer recibió al menos doce heridas, una de ellas tan profunda que comprometió el corazón y un pulmón.
Cuando la madre de la víctima intentó intervenir para defenderla, también fue atacada con un cuchillo en el pecho.
Todo ocurrió ante la mirada de la hija de la pareja, quien presenció tanto el asesinato de su madre como la agresión contra su abuela.
Aunque vecinos auxiliaron a las dos mujeres y las trasladaron a centros asistenciales, Telma del Pilar falleció a causa de un shock hipovolémico provocado por las heridas, mientras que su madre sobrevivió tras recibir atención médica.
La defensa intentó tumbar la condena
En el recurso extraordinario de casación, la defensa del militar planteó múltiples argumentos para buscar la nulidad del proceso.
Entre ellos sostuvo que:
- hubo irregularidades durante el juicio;
- se vulneró el derecho de defensa;
- existieron inconsistencias en los dictámenes forenses;
- la tentativa de homicidio contra la exsuegra debía calificarse como lesiones personales;
- y que el estudio de lofoscopia realizado sobre los cuchillos no encontró huellas dactilares del acusado, lo que —según la defensa— generaba una duda razonable sobre su responsabilidad.
Condena militar expareja: por qué la Corte confirmó la pena
La condena militar expareja fue respaldada por la Sala al concluir que el conjunto de las pruebas demostraba plenamente la responsabilidad del acusado.
Frente al argumento relacionado con la ausencia de huellas en el arma blanca, la Corte explicó que esa circunstancia no desvirtúa el conjunto de las demás pruebas practicadas durante el juicio, las cuales demostraban de manera consistente la autoría del procesado.
Según el alto tribunal, la valoración integral de los testimonios, las pruebas periciales y el resto del material probatorio permitía concluir, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad penal del acusado.
También descartó las supuestas irregularidades procesales
La Corte rechazó igualmente los argumentos sobre presuntas vulneraciones al debido proceso.
La decisión señala que:
- no existieron afectaciones que comprometieran el derecho de defensa;
- el proceso respetó el principio de doble instancia;
- no hubo violación del principio de congruencia;
- y los jueces de conocimiento actuaron dentro del marco legal durante todas las etapas del proceso.
Además, la Sala indicó que la responsabilidad del procesado quedó acreditada mediante pruebas suficientes y resaltó la sevicia con la que actuó al atacar a las dos mujeres.
Un caso analizado con enfoque de género
Aunque el proceso fue adelantado por el delito de homicidio agravado y no por feminicidio —figura que aún no existía cuando ocurrieron los hechos—, la Corte sostuvo que el caso debía examinarse desde una perspectiva de género.
El fallo advierte que el crimen ocurrió en un contexto de violencia contra la mujer y que la actuación judicial debía armonizarse con los compromisos internacionales de protección de los derechos de las mujeres.
Condena militar expareja: por qué la Corte confirmó la pena
Con esta decisión, queda en firme la condena militar expareja, cerrando definitivamente el proceso judicial.
La sentencia ratifica la pena de 500 meses de prisión (41 años y ocho meses), además de la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante 20 años, y mantiene la negativa de beneficios como la prisión domiciliaria y la suspensión condicional de la pena.


