La elección de Guillermo Andrés Echavarría Gil como rector de la Universidad Popular del Cesar (UPC) para el periodo 2026-2030 enfrenta un nuevo capítulo judicial. La Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado pidió declarar la nulidad del acto mediante el cual fue designado, al considerar que no habría cumplido con el requisito mínimo de experiencia académica exigido para ocupar el cargo.
Según informó Radio Guatapurí, el pronunciamiento está contenido en el Concepto No. 2026-10-NE-286 del 16 de octubre de 2026, dentro del proceso de nulidad electoral que estudia la Sección Quinta del Consejo de Estado. El Ministerio Público concluyó que existirían vicios por infracción de norma superior, falsa motivación y falta de motivación.
Procuraduría cuestiona la experiencia acreditada
De acuerdo con el concepto, al momento del cierre de inscripciones Echavarría Gil habría acreditado 4 años, 10 meses y 26 días de experiencia académica en educación superior, es decir, un periodo inferior a los cinco años establecidos como requisito.
La Procuraduría también señaló que dentro de las certificaciones aportadas figuraba una expedida por el Centro Educativo de Sistemas UPARSISTEM, correspondiente a 2020. Sin embargo, el ente de control sostuvo que dicha entidad no corresponde a una institución de educación superior, por lo que ese tiempo no podría ser tenido en cuenta para completar la experiencia exigida.
También cuestiona la motivación de su habilitación
El Ministerio Público puso la lupa sobre el Acuerdo No. 009 del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual Echavarría fue habilitado dentro del proceso de elección. Según el concepto, ese acto no explicó de manera suficiente cómo se realizó el cómputo de la experiencia ni cuáles certificaciones fueron valoradas para concluir que el aspirante cumplía con los requisitos.

Por esa razón, la Procuraduría consideró configurados los cargos relacionados con infracción de las normas aplicables y con falsa y falta de motivación del acto administrativo.
Otros cuestionamientos fueron descartados
El concepto no acogió todos los argumentos formulados dentro de las demandas. La Procuraduría indicó que no encontró acreditadas otras irregularidades relacionadas con desviación de poder, una eventual inhabilidad bajo el Decreto 128 de 1976, supuestas fallas en el procedimiento electoral o impedimentos de integrantes del Consejo Superior Universitario.
Así las cosas, el punto central para el Ministerio Público se concentra en el requisito de experiencia académica y en la forma como fue sustentada jurídicamente la habilitación del actual rector.
Consejo de Estado tendrá la última palabra
La Procuraduría solicitó formalmente que se declare la nulidad del Acuerdo No. 011 del 9 de marzo de 2026, mediante el cual el Consejo Superior Universitario designó a Guillermo Andrés Echavarría Gil como rector de la UPC para el periodo 2026-2030.
El proceso continúa ahora en manos de la Sección Quinta del Consejo de Estado, que deberá emitir la decisión de fondo. Cabe recordar que en mayo de 2026 esa corporación ya había decretado la suspensión provisional de los efectos de la elección, decisión que posteriormente mantuvo al resolver un recurso de reposición.
Por ahora, el concepto de la Procuraduría no constituye el fallo definitivo, pero sí representa una postura formal del Ministerio Público dentro del proceso que definirá la situación jurídica de la rectoría de la Universidad Popular del Cesar.
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