¿Qué tendría que pasar para liquidar Emdupar?

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Liquidar Emdupar y reemplazarla por una nueva empresa pública, como propone el concejal Fabio Mendoza, es jurídicamente posible, pero está lejos de consistir en cerrar una razón social y comenzar nuevamente con una nómina más barata. La operación tendría que resolver quién presta el servicio durante la transición, qué ocurre con 243 trabajadores, cuatro sindicatos, deudas y acreedores, quién recibe las redes y plantas y, sobre todo, de dónde saldrían los recursos para poner en funcionamiento al eventual nuevo operador.

Primero: Superservicios tendría que ordenar la liquidación

La empresa permanece bajo toma de posesión de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios desde el 2 de marzo de 2023. En junio de 2024, la entidad modificó la intervención y la convirtió en una administración temporal con fines liquidatorios.

La propia Superservicios aclaró entonces que aquella resolución no ordenaba liquidar Emdupar. La empresa continuaría prestando sus servicios mientras se buscaba una solución empresarial de fondo.

Dos años después, esa sigue siendo su situación jurídica. El informe oficial del primer semestre de 2026 ubica a Emdupar entre las ocho empresas que permanecen en administración temporal con fines liquidatorios, no entre las empresas actualmente en liquidación.

En el escenario actual, por tanto, una liquidación forzosa tendría que ser ordenada por la Superservicios mediante el procedimiento previsto en la Ley 142 de 1994.

El artículo 121 establece que, cuando los problemas que originaron una toma de posesión no logran superarse, la Superintendencia puede ordenar la liquidación. Y el artículo 123 dispone que el proceso será dirigido por un liquidador designado por ese organismo.

La Alcaldía puede participar en la construcción de una solución empresarial y aportar recursos o propuestas, pero Ernesto Orozco no puede decretar unilateralmente el cierre de una empresa que está bajo control de la Nación.

¿Entonces qué significa “con fines liquidatorios”?

Significa que la liquidación ya está dentro de las alternativas posibles, pero antes todavía pueden intentarse otras soluciones.

La propia resolución aplicada a Emdupar explica que esta fase permite buscar financiación, reestructuración administrativa y financiera, participación de operadores especializados y esquemas que garanticen la prestación a largo plazo.

Superservicios ha señalado incluso, en conceptos jurídicos sobre este tipo de procesos, que durante una administración temporal con fines liquidatorios podrían evaluarse opciones como vincular un nuevo operador, transferir activos, reorganizar la empresa e incluso liquidar la existente y crear otra, dependiendo del esquema que garantice mejor el servicio.

Segundo: habría que garantizar que Valledupar nunca quede sin agua

La Ley 142 establece que, cuando una empresa prestadora entra en liquidación, las autoridades deben adoptar las medidas necesarias para que otra empresa la sustituya o asuma las actividades indispensables para garantizar la continuidad del servicio.

Superservicios lo explica de forma todavía más directa: cuando una empresa intervenida pasa a liquidación, el liquidador puede contratar operadores y vender o transferir activos asociados al servicio, pero siempre preservando la prestación.

Eso significa que Emdupar no podría simplemente cerrar las válvulas mientras nace la nueva entidad.

Antes de terminar su operación tendría que estar definido quién maneja la captación del río Guatapurí, quién opera las plantas de tratamiento, quién controla las redes, quién atiende las estaciones de bombeo, quién repara daños, quién factura y quién recibe las reclamaciones de los usuarios.

Y tendría que existir una fecha exacta en la que un operador entrega y otro recibe sin interrumpir el suministro.

Actualmente Emdupar atiende alrededor de 111.448 usuarios de acueducto y 109.908 de alcantarillado, según el balance oficial de junio de 2026.

Tercero: habría que decidir qué pasa con redes, plantas y demás activos

Las plantas, tuberías, estaciones, terrenos, equipos, vehículos, oficinas, derechos y demás activos actualmente vinculados a Emdupar tendrían que ser objeto de inventario, valoración y una decisión jurídica sobre su destino.

Los estados financieros de 2024 registraban activos totales cercanos a $268.793 millones, pasivos por aproximadamente $73.828 millones y patrimonio cercano a $194.965 millones.

Pero esos números no significan que existan $268.000 millones disponibles en caja.

Buena parte del activo corresponde a infraestructura, cuentas por cobrar y otros bienes necesarios para prestar los servicios.

En una liquidación, los activos constituyen además la prenda general de los acreedores. Superservicios explica que las obligaciones deben pagarse conforme a las reglas y prelación del proceso hasta donde alcance el patrimonio disponible.

Por eso, una nueva empresa no podría simplemente apropiarse gratuitamente de todos los bienes de Emdupar.

El liquidador tendría que determinar cuáles deben transferirse, venderse, entregarse al eventual operador o someterse a otros mecanismos jurídicos, sin poner en peligro el servicio.

¿Y las deudas? No desaparecen por crear otra empresa

Este punto rompe una de las ideas más comunes alrededor de la propuesta.

Liquidar Emdupar no borra automáticamente sus obligaciones.

Las acreencias laborales, financieras, comerciales, fiscales y judiciales tendrían que ingresar al proceso liquidatorio y pagarse respetando la prelación legal, hasta donde alcancen los activos disponibles.

Superservicios ha aclarado que ni la propia Superintendencia ni otra entidad estatal asumen automáticamente las deudas de una empresa prestadora por el hecho de que esta entre en liquidación.

Por eso tampoco sería correcto afirmar que una “Emdupar cero kilómetros” comenzaría obligatoriamente sin ninguna consecuencia económica de la empresa anterior.

Podría tratarse de una persona jurídica nueva, pero todavía habría que liquidar la antigua y establecer cómo se financian sus obligaciones.

Además, existen contingencias judiciales que también deberán valorarse.

Noticias del Cesar documentó recientemente que Emdupar enfrenta obligaciones derivadas de antiguos contratos y laudos arbitrales, mientras su capacidad de inversión continúa siendo limitada.

Cuarto: los 243 trabajadores no pueden simplemente ser despedidos y recontratados más baratos

Este puede ser el punto más delicado de toda la propuesta.

El último informe de la Superservicios registra 243 trabajadores de planta y 20 contratistas en Emdupar. La empresa tiene cuatro organizaciones sindicales: Sintraemsdes, UTISA, Sintratriple A y Sintraemdupar.

Fabio Mendoza plantea que una nueva empresa podría vincular nuevamente al personal necesario, pero bajo otras condiciones salariales.

Jurídicamente, ese resultado no es automático.

Los trabajadores oficiales se encuentran protegidos por sus contratos, normas laborales, reglamentos y convenciones colectivas. Función Pública señala que sus prestaciones deben liquidarse atendiendo precisamente esos instrumentos.

Si existe una verdadera liquidación y terminan las relaciones laborales, tendrían que reconocerse las obligaciones que correspondan.

Pero aparece una segunda posibilidad jurídica: la sustitución patronal.

Si cambia el empleador, continúa la misma actividad empresarial y el trabajador sigue prestando sus servicios bajo el mismo contrato, puede configurarse sustitución patronal. En ese caso, la relación laboral no desaparece simplemente porque cambió el nombre de la empresa y pueden mantenerse derechos derivados del contrato y las convenciones.

Por eso, decir hoy que “se liquida Emdupar, se contrata a todos otra vez y se eliminan los beneficios convencionales” simplifica un problema jurídico mucho más complejo.

Todo dependería de cómo esté estructurada la transición entre las dos empresas.

La convención colectiva sería una de las mayores discusiones

Superservicios identificó desde los primeros diagnósticos que la carga laboral y prestacional era una de las dificultades financieras de Emdupar.

En 2023, el organismo habló incluso de renegociar las convenciones colectivas como una de las acciones necesarias para intentar recuperar la empresa.

La discusión sigue abierta.

El entonces agente especial Eduardo Andrés Mesa denunció a finales de 2025 las convenciones colectivas con el propósito de abrir una nueva negociación. La denuncia no significó que los acuerdos desaparecieran inmediatamente: continúan produciendo efectos mientras se desarrolla el proceso correspondiente.

Además, documentos históricos de Emdupar muestran beneficios convencionales en materias como permisos sindicales, viáticos y condiciones prestacionales.

En consecuencia, cualquier solución empresarial tendría necesariamente que incorporar una ruta laboral y sindical, ya sea mediante negociación, liquidaciones individuales o la definición jurídica de si existe sustitución patronal.

Quinto: crear otra empresa también requeriría decisiones en Valledupar

La Ley 142 establece que las empresas de servicios públicos pueden organizarse como sociedades por acciones y permite que las entidades estatales que quieran conservar íntegramente el capital público adopten la forma de empresa industrial y comercial del Estado.

Si Valledupar quiere crear una nueva entidad pública municipal, entraría en juego además la competencia local.

La jurisprudencia constitucional ha reiterado que la iniciativa para crear empresas industriales y comerciales municipales corresponde al alcalde, mientras el Concejo debe adoptar las decisiones y autorizaciones que legalmente correspondan.

Eso obligaría a diseñar estatutos, estructura administrativa, patrimonio inicial, junta directiva, régimen laboral, plan financiero y modelo operativo.

Posteriormente tendría que cumplir los requisitos regulatorios aplicables a cualquier prestador, entre ellos su inscripción ante las autoridades del sector y la demostración de capacidad técnica y financiera para operar acueducto y alcantarillado.

No bastaría, por tanto, con registrar un nuevo nombre en Cámara de Comercio.

¿Cuánto dinero necesitaría la nueva empresa?

Hoy no existe un estudio oficial público que permita fijar esa cifra.

Y sería irresponsable afirmar que bastarían $10.000, $20.000 o $50.000 millones sin disponer de un plan de negocio y una valoración de activos.

La nueva empresa necesitaría al menos recursos para capital de trabajo, personal, operación de plantas y redes, insumos químicos, energía, mantenimiento, sistemas comerciales, facturación, vehículos, inventarios, atención de contingencias y nuevas inversiones.

También tendría que definirse si compraría activos de Emdupar, si los recibiría mediante otra figura jurídica o si actuaría simplemente como operador.

El tamaño actual permite dimensionar el reto.

Noticias del Cesar encontró que el presupuesto de Emdupar para 2026 ronda los $88.804 millones, mientras solo unos $5.490 millones —alrededor del 6,1 %— estaban destinados a inversión.

La Superservicios identifica precisamente como los tres aspectos más críticos de la empresa la alta carga prestacional, la baja inversión y el bajo recaudo de cartera.

Por eso, una nueva compañía que nazca subcapitalizada podría terminar reproduciendo rápidamente el mismo problema que pretende solucionar.

Sexto: alguien tendría que financiar las inversiones que Valledupar necesita

Una nueva razón social tampoco reemplaza tuberías deterioradas.

La ciudad seguirá necesitando inversiones para disminuir pérdidas, modernizar redes, ampliar sistemas y acompañar el crecimiento urbano.

El informe de junio de 2026 muestra avances importantes: la micromedición pasó de 65,51 % a 87,96 %, las pérdidas de agua bajaron de 58,4 % a 46,85 % y la continuidad promedio llegó a 23,97 horas.

Pero la Superintendencia señala que el rezago de inversión todavía continúa y que la cartera sigue aumentando.

Esto significa que liquidar Emdupar podría resolver determinados problemas societarios o laborales, pero no financiaría por sí mismo las obras pendientes.

La nueva empresa tendría que mostrar de dónde saldrá el capital para renovar infraestructura: Municipio, Nación, tarifas, crédito, inversión regional, un socio estratégico o una combinación de esas fuentes.

Una posibilidad sería crear la nueva empresa antes de apagar Emdupar

Desde el punto de vista operativo, una transición de esta magnitud tendría que ser preparada con anticipación.

El marco legal permite que durante los procesos de intervención se adopten medidas como cesiones de activos y pasivos, vinculación de gestores, contratos con otros operadores y mecanismos temporales de administración.

Un eventual esquema podría, por ejemplo, constituir primero al nuevo prestador, dotarlo de capital y capacidad técnica, acordar qué infraestructura recibirá y establecer una fecha de transferencia.

Solo cuando ese operador esté listo podría producirse el retiro progresivo de Emdupar.

La experiencia colombiana con empresas en liquidación demuestra precisamente que el proceso puede prolongarse durante años mientras otro operador mantiene el servicio. Actualmente Superservicios conserva procesos liquidatorios como los de Electricaribe, Emsirva y Electrolima, aunque los usuarios hace tiempo son atendidos por otros prestadores.

En otras palabras, la empresa puede morir jurídicamente mucho después de haber dejado de operar el servicio.

¿Emdupar está financieramente muerta?

Los documentos oficiales no permiten llegar todavía a esa conclusión de manera automática.

El último informe de Superservicios reconoce problemas graves: cartera creciente, rezago de inversión y presión laboral. Pero también señala que el flujo de caja de 2026 presenta saldo favorable, aunque insuficiente para garantizar liquidez permanente.

Además, algunos indicadores operativos mejoraron sustancialmente desde la intervención.

El IRCA del agua se ubicó en 1,48 %, dentro del rango sin riesgo; la cobertura de acueducto llegó a 99,91 % y la de alcantarillado a 98,51 %.

Ese contraste es importante.

Superservicios podría concluir que la solución debe ser la liquidación, pero también podría estructurar un modelo que permita mantener la empresa, incorporar un gestor especializado, reorganizarla financieramente o combinar varios mecanismos.

La resolución de 2024 precisamente creó esa ventana de búsqueda de una “solución empresarial” antes de ordenar el cierre definitivo.

La pregunta ya no es solamente si liquidarla

Fabio Mendoza ha puesto sobre la mesa una alternativa radical: cerrar Emdupar y comenzar con una nueva empresa pública.

Pero para hacerlo realidad tendrían que resolverse, como mínimo, seis grandes asuntos: una decisión de Superservicios, un operador listo antes de cerrar Emdupar, el destino de los activos y deudas, una solución para los trabajadores y convenciones, la creación jurídica de la nueva empresa y un plan de capitalización e inversiones capaz de sostenerla. Y allí aparece la pregunta que probablemente debería preceder cualquier decisión. No es simplemente “¿liquidamos Emdupar?”, es “¿cuánto cuesta construir una empresa mejor y quién va a poner ese dinero?”

Porque si la nueva entidad nace con la misma baja inversión, dificultades de recaudo, pérdidas de agua y falta de capital que arrastra la actual, Valledupar podría cambiar de empresa sin solucionar el problema que llevó a Emdupar a más de tres años de intervención.

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