La excandidata presidencial Claudia López afronta una seria polémica a pocas horas de la segunda vuelta. El Consejo Nacional Electoral recibió una queja formal en su contra. El motivo es publicar datos de intención de voto cuando la ley lo prohíbe expresamente.
El trino de la discordia
Todo estalló este sábado, 20 de junio. López publicó en su cuenta de X los resultados de un tracking de la encuestadora Atlas-Intel.
En su mensaje, la exalcaldesa de Bogotá comparó cifras de la campaña presidencial. Aseguró que la ventaja de Abelardo De La Espriella sobre Iván Cepeda cayó drásticamente. Según ella, pasó de 16 a solo 5 puntos. Además, acompañó los números con imágenes de la medición y remató afirmando que la calle está empatada.
Por lo tanto, la ley electoral colombiana prohíbe de forma estricta divulgar estos estudios. Esta restricción aplica durante los siete días anteriores a los comicios.
Los argumentos de la denuncia
El abogado Eduardo Castillo interpuso la queja administrativa. El jurista argumenta que la publicación no fue un error inocente o una simple coincidencia. Por el contrario, la considera un acto plenamente consciente para burlar la ley.
Castillo señala que el trino superó la simple opinión personal. La publicación de López incorporó referencias técnicas concretas y comparaciones porcentuales. Debido a esto, y por su enorme peso político, esta difusión digital puede presionar la decisión del electorado a última hora.
El panorama en el CNE
Por último, el demandante solicitó a la autoridad electoral una actuación urgente. El tribunal debe definir si el contenido viola el régimen de encuestas. Así pues, si el CNE la encuentra responsable, la exalcaldesa pagará fuertes multas administrativas.


