El Consejo de Estado negó las demandas que buscaban anular la elección de Adriana Margarita García Arévalo como directora general de Corpocesar, con lo que quedó en firme su designación para lo que resta del periodo 2024-2027. La decisión fue adoptada por la Sección Quinta en sentencia del 10 de septiembre de 2026.
El alto tribunal estudió dos procesos acumulados promovidos por Luis Fernando Padilla Pérez y Paolo Alberto Sierra Torres contra el Acuerdo 12 del 31 de octubre de 2025. Mediante ese acto, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cesar eligió nuevamente a García Arévalo para dirigir la entidad.
Los demandantes sostenían que la funcionaria había sido elegida en varias oportunidades y que, por tanto, se habría desconocido la limitación prevista en el artículo 28 de la Ley 99 de 1993, según la cual los directores de las corporaciones autónomas regionales pueden ser reelegidos por una sola vez. También plantearon cargos por falsa motivación, desviación de poder y presuntas irregularidades relacionadas con recusaciones.
¿Por qué el Consejo de Estado mantuvo a Adriana García en Corpocesar?
La discusión jurídica se concentró especialmente en las elecciones anteriores de García Arévalo. La primera ocurrió mediante el Acuerdo 15 de diciembre de 2023 y posteriormente fue anulada por el Consejo de Estado. Una segunda designación, realizada a través del Acuerdo 14 de diciembre de 2024, también terminó anulada por la jurisdicción electoral.
Sin embargo, la Sección Quinta concluyó que esas nulidades produjeron efectos “ex tunc”, es decir, retroactivos. En términos sencillos, jurídicamente esos actos desaparecieron del ordenamiento desde su origen, como si nunca hubieran nacido válidamente a la vida jurídica. Por esa razón, no podían contabilizarse para afirmar que la elección de octubre de 2025 constituía una segunda reelección prohibida.
Ese punto terminó siendo determinante. Para el Consejo de Estado, cuando se expidió el Acuerdo 12 de 2025, las anteriores elecciones anuladas ya no podían generar consecuencias jurídicas para efectos de la restricción sobre reelección. En consecuencia, el tribunal consideró que no se violó el artículo 28 de la Ley 99 de 1993.
También rechazaron los otros cuestionamientos
La Sala tampoco encontró mérito suficiente en el argumento de falsa motivación. Aunque uno de los acuerdos anteriores no fue mencionado expresamente en la nueva elección, el Consejo de Estado consideró que se trataba de un acto que ya había sido expulsado del ordenamiento jurídico por una sentencia de nulidad.
Asimismo, el cargo por desviación de poder no prosperó. Los demandantes habían cuestionado el manejo administrativo y presupuestal de la entidad, pero el tribunal concluyó que no existía prueba suficiente para demostrar que la nueva elección hubiera tenido una finalidad distinta a la legalmente prevista.
En cuanto a las recusaciones presentadas durante el proceso, la Sección Quinta determinó que estas fueron estudiadas dentro del trámite. También revisó el procedimiento de elección y estableció que sí se permitió la postulación de otros aspirantes.
Adriana García obtuvo 11 votos
El fallo recuerda que, durante la sesión del Consejo Directivo del 31 de octubre de 2025, fueron postulados Adriana Margarita García Arévalo y Ciro Agustín Castro Castro. García obtuvo 11 votos, mientras Castro recibió dos, por lo que fue elegida por mayoría absoluta.
Tras revisar el procedimiento, el Consejo de Estado concluyó que no existían elementos para afirmar que se hubiera vulnerado el principio de transparencia ni que se hubieran desconocido otros candidatos habilitados.
La sentencia determinó finalmente que el Acuerdo 12 de 2025 no incurrió en violación de la prohibición de reelección, falsa motivación, desviación de poder ni irregularidades en el trámite de recusaciones. Por ello, negó las pretensiones de las demandas y ordenó archivar el expediente una vez la providencia quede en firme.
Con esta decisión, Adriana García continúa como directora general de Corpocesar para lo que resta del periodo 2024-2027, después de un proceso que durante casi tres años estuvo marcado por elecciones, nulidades y nuevas designaciones.


