Celulares en colegios de Valledupar: así funciona la circular vigente

Los celulares en colegios de Valledupar no están prohibidos de manera general. Una circular municipal permite limitar su uso en ciertos horarios o lugares, pero cada institución debe establecer las reglas, los procedimientos y las posibles medidas en su manual de convivencia. La Secretaría de Educación municipal confirmó que desde 2024 existe una orientación para colegios públicos y privados. También aclaró que cualquier restricción debe responder a propósitos pedagógicos, respetar los derechos de los estudiantes y contar con la participación de los órganos del gobierno escolar.

Celulares en colegios de Valledupar: ¿qué establece la circular?

La Secretaría informó a Noticias del Cesar que expidió la Circular 0049 del 17 de mayo de 2024, denominada “Uso de celulares en establecimientos educativos”. El documento fue dirigido a las comunidades educativas oficiales y privadas del municipio. Según la respuesta institucional, la circular orientó a los colegios para ajustar sus manuales de convivencia conforme a la Ley 2170 de 2021. Esta norma regula las responsabilidades relacionadas con el uso de tecnologías de información y comunicaciones en los entornos escolares.

La entidad precisó que ni la ley nacional ni la Circular 0049 establecen una prohibición general para que los estudiantes lleven teléfonos; por tanto, portar el dispositivo no representa automáticamente una falta disciplinaria en todos los colegios de Valledupar; sin embargo, las instituciones pueden restringir excepcionalmente su utilización en determinados horarios o lugares. Esas decisiones deben tener el aval del Comité Escolar de Convivencia y del Consejo Directivo, además de quedar incorporadas en el manual correspondiente.

Esto significa que las condiciones pueden variar entre establecimientos. Un colegio podría impedir su utilización durante las clases, mientras otro podría fijar reglas adicionales para los descansos, actividades culturales o espacios deportivos. Las familias deben revisar el manual de convivencia de cada institución.

¿Puede un colegio retener temporalmente un celular?

La Secretaría explicó que la retención temporal debe estar contemplada previamente en el manual de convivencia. El procedimiento también debe responder a lo aprobado por los órganos del gobierno escolar y ser conocido por estudiantes, docentes, directivos y acudientes; por consiguiente, la medida no puede aplicarse de manera improvisada ni convertirse en una sanción arbitraria. El colegio debe definir las circunstancias que permiten retirar el teléfono, quién queda encargado de custodiarlo y cómo se realiza su devolución.

La respuesta municipal no fijó un procedimiento único para todas las instituciones de Valledupar. Tampoco determinó un tiempo máximo de retención. Esos detalles dependen de las reglas adoptadas por cada establecimiento dentro de su autonomía y del marco legal vigente; no obstante, cualquier actuación debe respetar los derechos del estudiante y el debido proceso. La finalidad de la regulación debe ser proteger la concentración, la convivencia y el desarrollo de las actividades académicas, en lugar de reducirse al decomiso del equipo.

Excepciones por salud, discapacidad y emergencias

La Secretaría señaló que toda regulación debe conservar excepciones cuando el celular funcione como apoyo pedagógico o ajuste razonable. Esto incluye a estudiantes que necesiten un dispositivo para comunicarse, aprender o atender una condición asociada con una discapacidad. También deben considerarse los casos relacionados con salud, seguridad y emergencias; por eso, el análisis no puede limitarse a decidir si el teléfono está permitido o prohibido. Cada institución debe reconocer las necesidades particulares de sus alumnos.

Los colegios tampoco pueden obligar a los estudiantes a tener o llevar un dispositivo propio para participar en una actividad académica. Cuando un docente autorice su uso pedagógico, debe existir una finalidad educativa y una orientación clara sobre la herramienta. Para comunicarse con sus hijos durante la jornada, la Secretaría recomendó que las familias utilicen los canales establecidos por cada colegio. El objetivo, según explicó, es permitir el contacto sin interrumpir las clases, la concentración ni la convivencia escolar.

¿Valledupar copiará la medida de Bogotá?

La Secretaría no confirmó que vaya a adoptar una regulación idéntica a la expedida recientemente en Bogotá. Indicó que una eventual decisión municipal tendría que considerar la realidad educativa de Valledupar y construirse mediante el diálogo con rectores, docentes, estudiantes y familias. La Resolución 1037 de 2026 limita los teléfonos móviles durante las clases y los descansos en colegios oficiales y privados de Bogotá. Sin embargo, esa medida no tiene aplicación automática en Valledupar.

La regulación bogotana contempla excepciones por salud, emergencias, inclusión, accesibilidad y necesidades de aprendizaje; además, concede seis meses a los establecimientos para ajustar sus manuales y definir los mecanismos de implementación. En Valledupar, la Circular 0049 surgió después de que la Secretaría recibiera una petición para establecer mecanismos sobre el buen uso de los teléfonos. La entidad aseguró que también brindó asistencia y acompañamiento a los establecimientos para incorporar las orientaciones.

El municipio no informó cuántos colegios han actualizado efectivamente sus manuales ni cuántos cuentan con procedimientos para retener y devolver dispositivos. Tampoco presentó un balance de conflictos, decomisos o pérdidas de equipos ocurridos después de expedir la circular. La situación municipal se diferencia de la registrada en los otros 24 municipios del departamento. Como informó Noticias del Cesar en un artículo sobre celulares en colegios del Cesar, la Secretaría departamental no cuenta con una directriz territorial unificada.

La información sobre Valledupar fue entregada después de las primeras publicaciones departamentales y permitió elaborar esta nota independiente. La respuesta oficial menciona y explica la Circular 0049, aunque no incluyó una copia del documento original.

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