El Decreto 1012 de 2026 suspende durante 15 días varios trámites previos para los nombramientos de Abelardo de la Espriella. La medida facilitará la posesión del gabinete y de altos funcionarios desde el 7 de agosto. Sin embargo, el documento no elimina los requisitos legales ni modifica los empleos de carrera administrativa.
El periodista Ricardo Ospina, director del servicio informativo de Blu Radio, divulgó el documento y señaló que facilitará la conformación del nuevo Gobierno. El decreto también aparece publicado en el repositorio normativo oficial de la Presidencia de la República.
¿Qué cambia para los nombramientos de Abelardo de la Espriella?
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1012 de 2026 el 5 de agosto. La norma empezará a regir al día siguiente de su publicación y tendrá una duración inicial de 15 días calendario.
Durante ese periodo quedarán suspendidos tres procedimientos establecidos en el Decreto 1083 de 2015:
- La evaluación de competencias de los aspirantes a cargos de libre nombramiento y remoción.
- La publicación de las hojas de vida durante tres días calendario.
- La recepción de observaciones ciudadanas antes del nombramiento.
- La aplicación temporal del procedimiento de meritocracia para determinados cargos directivos.
La suspensión permite que el nuevo presidente firme los nombramientos sin esperar la evaluación y los tres días de publicación. Por tanto, los decretos de designación podrán expedirse con mayor rapidez.
Las reglas suspendidas forman parte del Decreto 1083 de 2015. Esa norma regula la provisión de empleos de libre nombramiento y remoción dentro de la Rama Ejecutiva nacional.
Estos son los cargos que cubre el decreto

La medida no se limita a los ministros anunciados por Abelardo de la Espriella. También puede aplicarse a otros empleos cuya designación corresponde directamente al presidente.
Entre ellos se encuentran:
- Ministros y viceministros.
- Secretarios generales de los ministerios.
- Directores y subdirectores de departamentos administrativos.
- Superintendentes.
- Presidentes, directores y gerentes de entidades nacionales.
- Agentes diplomáticos y consulares.
- Jefes de oficinas de control interno.
- Funcionarios de libre nombramiento y remoción de la Presidencia.
El Decreto 1083 establece que el presidente puede nombrar y remover libremente a esos servidores. No obstante, la discrecionalidad no significa ausencia de reglas. Los candidatos deben cumplir la formación, experiencia y competencias exigidas para cada cargo.
Por esa razón, el Decreto 1012 no autoriza nombramientos de personas inhabilitadas o sin los requisitos mínimos. Tampoco elimina las verificaciones sobre antecedentes fiscales, disciplinarios, judiciales o administrativos.
La suspensión tampoco cubre los empleos de carrera que deben proveerse mediante concursos de mérito. Su alcance se concentra en los cargos de dirección y confianza señalados expresamente por la norma.
Una decisión ligada al cambio de Gobierno
El decreto sostiene que el periodo constitucional del nuevo presidente comenzará el 7 de agosto. Además, plantea la necesidad de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios públicos.
El proceso coincide con la recta final del empalme entre Gustavo Petro y Abelardo de la Espriella. En este trabajo participaron mesas sectoriales encargadas de revisar la situación administrativa y financiera del Estado.
De la Espriella también anunció los integrantes de su gabinete ministerial y varios cargos estratégicos dentro de la Presidencia. Entre esas posiciones aparecen la Secretaría General, la Jefatura de Despacho y la Dirección de Comunicaciones.
La formalización jurídica de estas designaciones deberá realizarse mediante los respectivos decretos. Así, el anuncio político de un ministro o director no sustituye el acto administrativo de nombramiento y posesión.
La medida también se utilizó en 2018 y 2022
El procedimiento no representa una figura nueva. El Gobierno de Juan Manuel Santos expidió el Decreto 1466 de 2018 antes de la posesión de Iván Duque.
Esa norma suspendió durante 15 días los mismos artículos del Decreto 1083. Posteriormente, el Gobierno de Duque amplió el plazo por otros 15 días para completar su equipo directivo.
En 2022 ocurrió algo similar. El Gobierno saliente expidió el Decreto 1507 antes de la posesión de Gustavo Petro. La norma suspendió la evaluación de competencias y la publicación previa de hojas de vida durante 15 días.
Más adelante, el Gobierno Petro prorrogó ese periodo mediante el Decreto 1714 de 2022. La ampliación se adoptó porque todavía faltaban nombramientos en varias entidades nacionales.
Estos antecedentes muestran que los gobiernos han utilizado el mecanismo para agilizar los relevos administrativos. Sin embargo, la suspensión reduce temporalmente el espacio para que los ciudadanos conozcan y comenten las hojas de vida.
¿Qué ocurrirá después del 7 de agosto?
Desde su posesión, Abelardo de la Espriella podrá formalizar buena parte de su equipo sin cumplir los trámites suspendidos. La ventana inicial tendrá una duración de 15 días calendario.
Después de ese periodo, las reglas de evaluación y publicidad volverán a producir efectos. Una eventual ampliación necesitaría un nuevo decreto, como ocurrió durante las transiciones de 2018 y 2022.
El nuevo Gobierno también deberá coordinar la posesión de los funcionarios, la entrega de funciones y la instalación de los equipos de trabajo. Todo esto ocurrirá después de la posesión presidencial programada en Cali.


