El senador Enrique Gómez, de Salvación Nacional, radicó un proyecto de acto legislativo para limitar el funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) a diez años y trasladar procesos pendientes a la justicia ordinaria. La iniciativa abre una discusión sobre el futuro de los casos relacionados con el conflicto armado, incluidos los que involucran a víctimas del Cesar. Gómez sostiene que la JEP debe terminar su labor en 2028 y cuestiona tanto sus resultados como las sanciones previstas para quienes reconocen responsabilidad. El congresista ya había anunciado la propuesta la semana pasada; la novedad de este miércoles 23 de septiembre es su radicación.
La presentación del proyecto no cierra la JEP ni traslada de inmediato ningún expediente. Para cambiar su duración, la iniciativa tendría que superar el trámite de una reforma constitucional. Además, aún está pendiente conocer el texto oficial publicado por el Congreso para establecer con precisión cómo propone hacer el traslado de los procesos.
¿La JEP debe cerrar en 2028?
La fecha requiere una explicación. La norma que regula a la JEP contempla diez años para una primera etapa de sus funciones, contados desde la entrada en operación de todas sus salas y secciones. Después prevé cinco años adicionales para concluir su actividad judicial. Ese último plazo puede prorrogarse conforme a las condiciones legales; por eso, 2028 no representa, bajo las reglas vigentes, el cierre automático de todos los procesos. La propuesta de Gómez busca modificar precisamente ese esquema: impedir que la JEP continúe durante la etapa posterior y encargar a otra estructura judicial las actuaciones que queden pendientes. Cómo se garantizaría la continuidad de cada caso es una de las preguntas que deberá responder el articulado durante su discusión.
El debate también tiene una dimensión presupuestal. Gómez ha impulsado una propuesta para reducir en $100.000 millones los recursos de la JEP en 2027 y dirigirlos a la justicia ordinaria. El presidente de la jurisdicción, Alejandro Ramelli, advirtió que ese recorte afectaría funciones como la protección de víctimas y testigos.
El caso La Popa muestra el alcance del debate en el Cesar
La discusión tiene un referente cercano para las familias del Cesar. Dentro de la investigación por asesinatos y desapariciones presentados falsamente como bajas en combate, la JEP impuso sanciones a 12 exintegrantes del Batallón La Popa. Posteriormente, su Sección de Apelación dejó en firme las sanciones. Ese caso muestra que la jurisdicción no se ocupa únicamente de antiguos integrantes de las Farc: también ha investigado y juzgado a miembros de la fuerza pública. Para las víctimas, un eventual cambio de juez plantea preguntas sobre la continuidad de los expedientes, su participación y el cumplimiento de las decisiones adoptadas. El alcance concreto de esos efectos dependería del texto que finalmente aprobara el Congreso, si la reforma prospera.
Amnistías y sanciones: dos figuras distintas
Al defender su iniciativa, Gómez afirmó que la JEP busca «amnistiar lo inamnistiable». Es una valoración del senador que debe distinguirse de las reglas vigentes. La Ley Estatutaria de la JEP excluye de amnistía delitos como las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, la violencia sexual, el reclutamiento de menores y los crímenes de guerra. Las sanciones que puede imponer la jurisdicción por crímenes graves no equivalen a una amnistía. Esa diferencia estará en el centro del debate político y jurídico que comienza con la radicación del proyecto. Por ahora, el mandato de la JEP sigue regido por las normas actuales.

