Exalcalde de Becerril recibe fallo condenatorio por peculado

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El exalcalde de Becerril Raúl Fernando Machado Luna recibió sentido de fallo condenatorio en primera instancia por el delito de peculado por apropiación agravado. El proceso está relacionado con un contrato de alimentación suscrito en 2015. La investigación estableció un detrimento superior a $194 millones para el municipio.

La decisión también cobija a María Carla González Romero, representante legal de la Unión Temporal Alimentando el Futuro. El Juzgado Noveno Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar tomó la determinación este 12 de agosto. La pena todavía no ha sido fijada.

Fallo condenatorio contra Raúl Machado por peculado agravado

De acuerdo con la información, el despacho declaró penalmente responsable a Machado Luna como autor. González Romero fue declarada responsable en calidad de interviniente. El delito atribuido a ambos es peculado por apropiación agravado.

El proceso fue adelantado por la Fiscalía Quinta Seccional de Administración Pública de Valledupar. Los hechos investigados se remontan al primer periodo de Machado como alcalde de Becerril. Desde 2021, medios regionales habían informado sobre la acusación presentada por la Fiscalía.

Un contrato destinado a población vulnerable de Becerril

El caso gira alrededor del Contrato de Suministro número 062, firmado el 27 de mayo de 2015. La Alcaldía de Becerril suscribió el negocio con la Unión Temporal Alimentando el Futuro. Su finalidad era entregar asistencia nutricional a población vulnerable del municipio.

El programa estaba dirigido a niños de primera infancia, madres gestantes y mujeres lactantes. La investigación penal examinó la ejecución de los recursos y la entrega efectiva de los paquetes nutricionales contemplados dentro del contrato.

Según la investigación citada por el medio, las irregularidades provocaron un detrimento patrimonial de $194.863.024,03. Esa cifra también apareció en los antecedentes del proceso publicados cuando la Fiscalía formuló la acusación.

Recursos descontados y paquetes que no habrían sido entregados

Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con recursos correspondientes a retención en la fuente e impuesto CREE. Según la Fiscalía, más de $137 millones por estos conceptos no fueron descontados ni reintegrados al municipio.

La investigación también detectó diferencias en las cantidades entregadas dentro de algunos paquetes nutricionales. Los productos suministrados habrían estado por debajo de lo establecido en las condiciones contractuales.

Otro hallazgo se relacionó con 176 paquetes nutricionales que fueron facturados y pagados, pero no habrían llegado a los beneficiarios. Este punto adquirió especial relevancia porque los recursos estaban destinados a población vulnerable de Becerril.

El proceso todavía no termina

La decisión conocida este miércoles corresponde a un sentido de fallo condenatorio de primera instancia. Esto significa que todavía está pendiente la audiencia en la cual el juzgado determinará de manera concreta la pena que impondrá a los procesados.

Esa diligencia quedó programada para el 1 de septiembre de 2026. Ese día se realizará la individualización de la pena y se conocerán los términos de la sentencia contra Machado Luna y González Romero.

Además, los procesados conservan el derecho de apelar la decisión por tratarse de un fallo de primera instancia. El Código de Procedimiento Penal colombiano contempla los recursos judiciales dentro del proceso y las etapas posteriores al anuncio de responsabilidad.

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Un proceso que comenzó hace varios años

Las actuaciones judiciales contra Machado Luna por este contrato se conocían públicamente desde años atrás. En enero de 2021, la Fiscalía formalizó la acusación por las presuntas irregularidades relacionadas con la ejecución del programa nutricional.

En aquel momento, la acusación también incluyó a María Carla González Romero. La Fiscalía sostenía que las inconsistencias encontradas habían causado un perjuicio cercano a $195 millones a las finanzas de Becerril.

Cinco años después de aquella etapa judicial, el proceso llegó al sentido de fallo condenatorio conocido este 12 de agosto. La decisión aún puede ser controvertida mediante los recursos establecidos por la ley, por lo que no se encuentra ejecutada.

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