El cantante vallenato Jorge Iván Díaz Lafaurie, conocido como ‘Churo’ Díaz, seguirá en libertad mientras avanza el proceso penal en su contra. El artista no aceptó los cargos formulados por la Fiscalía y deberá comparecer nuevamente el 28 de julio, a las 9:00 de la mañana, cuando un juez estudiará una solicitud de medida de aseguramiento.
La diligencia inicial se desarrolló ante el Juzgado 12 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Valledupar. La Fiscalía 16 Seccional de Bogotá, adscrita a la Unidad de Delitos Priorizados contra Niños, Niñas y Adolescentes, UENNA, presentó la imputación contra el cantante.
¿Cuáles son los cargos contra ‘Churo’ Díaz?
El ente acusador le atribuyó los presuntos delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales con menor de 14 años.
De acuerdo con la tesis expuesta por la Fiscalía, los hechos investigados habrían ocurrido entre 2014 y 2015 en Valledupar. La presunta víctima tenía cuatro años para esa época y, según el planteamiento del ente acusador, habría permanecido en algunos momentos bajo el cuidado del artista.
La Fiscalía presentó los elementos materiales probatorios con los que sustenta su investigación. Sin embargo, esos elementos deberán someterse al debate y la contradicción de la defensa durante las etapas posteriores del proceso.
Por involucrar a una víctima menor de edad, las autoridades desarrollaron la audiencia de manera virtual y bajo reserva. Esta condición también limita la divulgación de información que pueda permitir su identificación.
‘Churo’ Díaz no aceptó la imputación
Durante la diligencia, el cantante manifestó que no aceptaba los cargos formulados por la Fiscalía. Su defensa sostiene que es inocente y tendrá la oportunidad de controvertir la versión del ente acusador.
La decisión de no aceptar los cargos implica que el proceso continuará. La Fiscalía deberá avanzar en la investigación y decidir posteriormente si cuenta con elementos suficientes para presentar una acusación formal y llevar el caso a juicio.
La imputación tampoco representa una condena. Esta actuación sirve para comunicarle formalmente a una persona los hechos por los cuales la investigan y los delitos que presuntamente habría cometido. La Ley 906 de 2004 regula esta etapa dentro de la formulación de imputación.

¿Por qué el cantante continúa en libertad?
‘Churo’ Díaz no fue capturado y compareció ante la justicia en libertad. Por esa razón, no se realizó una audiencia de legalización de captura.
La legalización solo procede cuando las autoridades privan previamente de la libertad a una persona, ya sea por una orden judicial o porque la sorprendieron en flagrancia. En este caso, el proceso comenzó directamente con la imputación.
El cantante podrá continuar con sus actividades mientras no exista una orden judicial que limite su libertad. Sin embargo, deberá atender las citaciones y cumplir cualquier disposición que adopte el juez durante el proceso.
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¿Qué decidirá el juez el 28 de julio?
La siguiente audiencia quedó programada para el 28 de julio, a partir de las 9:00 de la mañana. En esa diligencia, la Fiscalía sustentará su solicitud de medida de aseguramiento contra el cantante.
El juez deberá establecer si la petición cumple los requisitos legales. Entre los factores que puede estudiar figuran la comparecencia del investigado, la protección de la presunta víctima, la preservación de las pruebas y un eventual riesgo para la comunidad.
La legislación establece que una restricción de la libertad debe resultar necesaria para garantizar que el imputado comparezca, evitar la alteración de las pruebas o proteger a la comunidad y a las víctimas. La medida no opera de forma automática y requiere una decisión sustentada del juez.
¿La medida de aseguramiento significa cárcel?
No necesariamente. El juez puede imponer una medida privativa de la libertad, ordenar restricciones no privativas o negar la solicitud presentada por la Fiscalía.
Entre las posibilidades están la detención preventiva en un establecimiento carcelario, la detención domiciliaria o medidas como presentaciones periódicas, prohibiciones de acercamiento y restricciones para salir del país. La decisión dependerá de los argumentos y elementos que presenten la Fiscalía y la defensa.
El abogado de ‘Churo’ Díaz podrá oponerse a la solicitud y pedir que el cantante continúe en libertad. El juez escuchará a las partes antes de tomar una determinación.
¿Qué etapas seguirían después?
La decisión sobre la medida de aseguramiento no definirá la culpabilidad ni la inocencia del cantante. Solo determinará bajo qué condiciones enfrentará el proceso mientras la Fiscalía continúa la investigación.
Si el ente acusador considera que cuenta con pruebas suficientes, deberá presentar un escrito de acusación. Luego se realizarían la audiencia de formulación de acusación y la audiencia preparatoria, en la que las partes solicitarán las pruebas que pretenden presentar.

Después podría comenzar el juicio oral. Durante esa etapa, la Fiscalía deberá demostrar su teoría y la defensa tendrá derecho a controvertirla. Al final, un juez decidirá si existe responsabilidad penal o si corresponde absolver al procesado.
Hasta que exista una sentencia judicial en firme, ‘Churo’ Díaz conserva su presunción de inocencia. La Constitución establece que toda persona debe recibir ese tratamiento mientras un juez no la declare culpable.
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