La permanencia de Lina María de Armas Daza al frente del Hospital Rosario Pumarejo de López, en Valledupar, recibió un nuevo respaldo judicial. El Juzgado Quinto Civil del Circuito ordenó mantenerla transitoriamente como agente especial interventora, aunque la decisión no impide que la Superintendencia Nacional de Salud continúe vigilando su gestión.
La sentencia de primera instancia, emitida el 26 de octubre de 2026, llega después de que Supersalud ordenara retirarla por hallazgos administrativos relacionados con la contratación y el abastecimiento hospitalario. El juzgado consideró que la entidad no justificó suficientemente la necesidad de ejecutar su salida inmediata frente a las circunstancias de protección constitucional acreditadas por la funcionaria.
La decisión mantiene a De Armas en el cargo, pero no resuelve los cuestionamientos que rodean la administración del hospital. Tampoco significa que el juzgado haya declarado inexistentes las deficiencias señaladas por Supersalud.
Una decisión judicial que no elimina el control de Supersalud
El conflicto administrativo comenzó el 7 de octubre, cuando la Superintendencia expidió la Resolución 2026420000009555-6, con la cual removió a De Armas y designó como reemplazo a Víctor Augusto Pedraza López, quien tomó posesión al día siguiente.
La funcionaria interpuso una acción de tutela y, el 9 de octubre, obtuvo una medida provisional que suspendió el relevo. Supersalud acató esa orden mediante la Resolución 2026420000009674-6 del 14 de octubre.
La sentencia conocida ahora amplía la protección judicial al reconocer que la decisión de remoción debía considerar las circunstancias particulares acreditadas por De Armas, entre ellas su estado de embarazo y las obligaciones familiares que sustentaron su solicitud de amparo.
El juzgado ordenó garantizar su continuidad efectiva en las funciones de interventora, con las condiciones y honorarios correspondientes. También dispuso resolver oportunamente cualquier obstáculo que impida el ejercicio del cargo.
Sin embargo, la protección tiene carácter transitorio. La discusión sobre la legalidad del acto administrativo deberá trasladarse a la jurisdicción competente, siempre que la funcionaria ejerza oportunamente las acciones correspondientes.
La Superintendencia conserva sus facultades de inspección, vigilancia y seguimiento. En consecuencia, la continuidad de De Armas no implica que las observaciones administrativas hayan quedado subsanadas o que se suspendan los controles sobre el hospital.
Contratación, pagos y dificultades asistenciales
La controversia sobre la dirección del Rosario Pumarejo también tuvo efectos sobre la administración de sus recursos.
El 14 de octubre, el revisor fiscal de la institución, José Alberto Henríquez David, remitió una comunicación a Supersalud solicitando definir con claridad quién estaba facultado para ejercer la representación legal del hospital.
El documento, identificado como RF-OF-2026-1125, advirtió sobre posibles riesgos para la autorización de pagos, contratación, manejo de cuentas bancarias y otras obligaciones institucionales durante la transición entre interventores.
La resolución expedida ese mismo día estableció que De Armas debía actuar como única representante legal de la entidad y que Pedraza debía garantizar un empalme coordinado.
Pero las dificultades del hospital no se limitan a la situación de sus directivos.
El 24 de septiembre, la institución anunció la suspensión de servicios a usuarios de Famisanar EPS debido a problemas contractuales, cartera pendiente y obligaciones sin resolver. El comunicado mantuvo excepciones para la atención de urgencias vitales y maternidad, conforme a las condiciones señaladas por el hospital.
Posteriormente, en octubre, el servicio de Urgencias registró niveles de ocupación cercanos al 200 %. El 19 de ese mes, la subdirectora científica, Dalma Ospino, informó que el indicador había descendido al 110 %, aunque reconoció que la demanda seguía presionando la capacidad asistencial. No se cuenta con un balance posterior que permita establecer el porcentaje de ocupación al 29 de octubre.
La situación también se relaciona con el proceso pendiente de formalización laboral. En abril, el hospital había anunciado la incorporación proyectada de 128 trabajadores mediante una planta temporal. En septiembre, la administración reconoció que todavía adelantaba gestiones técnicas y financieras para avanzar en ese compromiso.
¿Qué sigue para el Hospital Rosario Pumarejo?
El centro asistencial permanece bajo intervención forzosa administrativa desde enero de 2022. El Gobierno nacional prorrogó la medida hasta el 14 de enero de 2027, mientras continúa el proceso de recuperación institucional.
La sentencia del 26 de octubre modifica la situación jurídica de su interventora, pero no altera ese plazo ni releva a la Superintendencia de supervisar los recursos y la prestación de los servicios de salud.
Para los usuarios y trabajadores, los asuntos pendientes siguen relacionados con la estabilidad financiera, la contratación, el personal asistencial y la capacidad de respuesta del hospital.
Por ahora, Lina de Armas mantiene la representación legal de la institución bajo protección judicial transitoria. La legalidad de su remoción y las actuaciones de seguimiento de Supersalud continuarán por las vías correspondientes.
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