Rector de la UPC: Consejo de Estado alista fallo

El proceso sobre la elección del rector de la UPC entró en su etapa final ante el Consejo de Estado. Luis Fernando Padilla Pérez, uno de los demandantes, presentó sus alegatos de conclusión y reiteró la solicitud de anular la designación de Guillermo Andrés Echavarría Gil para el periodo 2026-2030. La Sección Quinta ya decidió que el expediente puede resolverse mediante sentencia anticipada.

La controversia se originó en el Acuerdo 011 del 9 de marzo de 2026, mediante el cual el Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar eligió a Echavarría. Cinco ciudadanos promovieron demandas contra el acto electoral y plantearon cuestionamientos relacionados con los requisitos exigidos para ejercer la rectoría, posibles inhabilidades y aspectos del procedimiento utilizado durante la elección.

El Consejo de Estado determinó el pasado 7 de septiembre que no es necesario celebrar audiencia inicial ni una nueva etapa probatoria. Según la providencia conocida, los documentos ya incorporados al expediente son suficientes para estudiar los puntos controvertidos. Por esa razón, las partes recibieron traslado para presentar sus argumentos definitivos antes del fallo.

Experiencia docente sigue en el centro del proceso

Uno de los principales puntos de discusión es el requisito de cinco años de experiencia en educación superior exigido por las normas internas de la UPC. En mayo, al decretar la suspensión provisional de la elección, la Sección Quinta concluyó de manera preliminar que Echavarría acreditaba cuatro años, diez meses y 26 días de experiencia docente en la universidad al momento de inscribirse.

El alto tribunal indicó además que no podía contabilizar como experiencia en educación superior el tiempo acreditado durante 2020 en UPARSISTEM S.A.S., al considerar que esa institución corresponde a formación para el trabajo y el desarrollo humano y no puede ofrecer directamente programas de educación superior. Esa valoración permitió decretar la medida cautelar, pero todavía no constituye la sentencia definitiva sobre la nulidad de la elección.

Noticias del Cesar ya había informado que el Consejo de Estado mantuvo vigente la suspensión provisional después de estudiar los recursos presentados por Echavarría y el Consejo Superior Universitario. En esa oportunidad, la corporación sostuvo que el cumplimiento de los requisitos debía acreditarse en la etapa correspondiente del proceso electoral. Se mantiene suspendida la elección de Echavarría en la UPC

También cuestionan inhabilidad y forma de elección

Los alegatos presentados ahora por Padilla no se limitan a la experiencia docente. El demandante mantiene cuestionamientos sobre una presunta inhabilidad y sobre la manera como se produjo la votación en el Consejo Superior. Esos planteamientos forman parte del litigio que deberá resolver la Sección Quinta en la sentencia.

Dentro del expediente también se discute la condición que Echavarría tuvo como representante de los docentes ante el Consejo Superior Universitario y la participación del suplente Marlon José Bastidas Barranco durante actuaciones del proceso electoral. El Consejo de Estado deberá determinar si esas circunstancias tuvieron alguna consecuencia jurídica sobre la legalidad de la designación.

Por ahora, no existe una sentencia que haya anulado definitivamente la elección. Lo que permanece vigente es la suspensión provisional decretada en mayo mientras se adopta el fallo de fondo. Tampoco se conoce una fecha exacta para la sentencia, aunque el paso a alegatos de conclusión significa que el proceso ya agotó las principales etapas previas a la decisión.

La decisión tendrá efectos directos sobre la Universidad Popular del Cesar. Si el Consejo de Estado declara la nulidad del Acuerdo 011, la designación de Echavarría perderá definitivamente sus efectos. Si las pretensiones son negadas, deberá determinarse el alcance de la decisión frente a la medida cautelar que actualmente mantiene suspendida su elección.

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