Niegan tutela por Emisoras de Paz: ¿qué pasa con la señal de Codazzi?

La tutela por Emisoras de Paz presentada por el senador Iván Cepeda fue negada por un juzgado de Bogotá. El despacho concluyó que no se demostró una vulneración actual de los derechos a la información, la libertad de expresión y la paz. Sin embargo, la decisión no resuelve el cese de emisiones dispuesto posteriormente para la estación de Agustín Codazzi.

El Juzgado 32 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá falló a favor del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Inravisión. Así lo informó el Ministerio TIC en un comunicado publicado este viernes 4 de septiembre.

La acción fue interpuesta por Cepeda junto con Holmer Pérez Balmaceda, representante de la Asociación Campesina del Catatumbo, y Clímaco Carmelo Landázuri Preciado, de la Corporación Étnica Ambiental del Pacífico Sostenible. Los demandantes alegaron una afectación de derechos fundamentales por el cambio aplicado a las 20 Emisoras de Paz desde el 18 de agosto.

La señal continuó, pero cambió la programación

La controversia comenzó cuando Inravisión suspendió la programación local, informativa y de opinión de las 20 estaciones. Desde entonces, las frecuencias mantuvieron una programación musical centralizada. Por esa razón, Cepeda sostuvo que la medida constituía censura y afectaba un compromiso derivado del Acuerdo Final de Paz.

Inravisión respondió que las estaciones continuaron al aire durante las 24 horas. Además, explicó que había adoptado un esquema temporal mientras revisaba y reorganizaba su parrilla. Según el comunicado de MinTIC, el juzgado encontró que no existía un acto administrativo dirigido a eliminar las emisoras, cancelar sus frecuencias o terminar definitivamente su operación.

El despacho tampoco encontró pruebas concretas de la información que dejó de transmitirse ni del impacto causado por la centralización. Asimismo, consideró que el cambio abarcó toda la red y no estuvo dirigido contra un contenido, un programa o una persona específicos. Por tanto, descartó una actuación de censura atribuible a las entidades demandadas.

No obstante, el juzgado reconoció la naturaleza especial de estas estaciones. Señaló que no son medios públicos ordinarios, pues fueron creados para desarrollar procesos de pedagogía y reconciliación en territorios afectados por el conflicto. En consecuencia, exhortó a Inravisión a definir y publicar pronto un cronograma para reactivar sus espacios informativos, aunque no le impuso una orden.

La tutela por Emisoras de Paz no resuelve el caso de Codazzi

La sentencia analizó el cambio general de programación aplicado desde el 18 de agosto. Sin embargo, después de la presentación de la tutela surgió otra situación que afecta directamente al Cesar. El 3 de septiembre, Inravisión ordenó detener las emisiones de las estaciones de Agustín Codazzi, Buenaventura, Riosucio y Tierralta.

La entidad sostuvo que esas cuatro frecuencias comenzaron a funcionar en 2024 sin que MinTIC hubiera expedido las concesiones correspondientes. La gerente de Inravisión, Ángela María Mora, aseguró que la medida busca evitar el decomiso de los equipos mientras termina el trámite administrativo. También afirmó que no obedece a una decisión política ni editorial.

Por tanto, la negativa de la tutela por Emisoras de Paz no significa que la frecuencia 106.3 FM de Agustín Codazzi pueda volver inmediatamente al aire. La decisión judicial estableció que no se demostró la eliminación definitiva de la red. En cambio, el cese de la estación cesarense responde a una controversia diferente sobre la autorización para utilizar el espectro radioeléctrico.

Noticias del Cesar reveló que documentos oficiales de 2024 registraban el canal de Codazzi como “proyectado”. Además, MinTIC había declarado viable el otorgamiento de la licencia, aunque todavía faltaban requisitos. Pese a ello, RTVC inauguró la estación en diciembre de ese año y presentó su apertura como parte del cumplimiento total del punto 6.5 del Acuerdo Final. Puede consultar aquí la investigación: Agustín Codazzi: ¿cómo salió al aire su Emisora de Paz?

Continúa el debate sobre la programación territorial

Antes de conocerse el fallo, la Defensoría del Pueblo había pedido revisar la suspensión de la programación regional e informativa. La entidad recordó que las 20 estaciones fueron creadas para dar espacio a las víctimas y comunidades golpeadas por el conflicto. También deben difundir contenidos culturales, pedagógicos y de interés público.

La Defensoría reconoció la facultad del Gobierno para modificar los medios públicos. Sin embargo, advirtió que cualquier ajuste debe respetar la naturaleza territorial y diferencial de las Emisoras de Paz. Precisamente, ese enfoque local es uno de los asuntos que deberá abordar el cronograma solicitado por el juzgado.

Así, el fallo favorece a MinTIC e Inravisión frente a los reclamos planteados en la tutela. No obstante, quedan pendientes dos asuntos: la recuperación de la programación regional en las 20 estaciones y la regularización jurídica de las cuatro frecuencias apagadas. Para el Cesar, la pregunta concreta sigue abierta: ¿cuándo y bajo qué autorización regresará al aire la Emisora de Paz de Agustín Codazzi?

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