La Dian continúa con el calendario para la declaración de renta de personas naturales correspondiente al año gravable 2025. Entre el lunes 28 de septiembre y el viernes 2 de octubre vencerán los plazos para contribuyentes cuyos NIT terminen entre 65 y 74.
La temporada de declaración de renta 2026 avanza en Colombia y esta semana un nuevo grupo de contribuyentes deberá cumplir con la obligación ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Los vencimientos para personas naturales comenzaron el pasado 12 de agosto y continuarán hasta el 26 de octubre. La fecha límite depende de los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Para la semana comprendida entre el 28 de septiembre y el 2 de octubre, el calendario quedó distribuido de la siguiente manera:

Declarar renta no siempre significa pagar
Presentar la declaración no implica necesariamente que el contribuyente tenga un impuesto por pagar. El documento permite reportar ante la Dian información sobre ingresos, patrimonio, compras, consumos y movimientos financieros realizados durante 2025.
Después de efectuar los cálculos correspondientes, la declaración puede arrojar un impuesto a cargo, un saldo en cero o incluso un saldo a favor.
Por esta razón, quienes tengan dudas sobre la información que deben incluir pueden recurrir a un contador o profesional en asuntos tributarios antes de presentar el formulario.
¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2026?
La obligación depende de diferentes condiciones económicas registradas durante el año gravable 2025.
Entre los criterios señalados están haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, superar ese mismo límite en consumos con tarjetas de crédito, compras, consignaciones, depósitos o inversiones financieras.

También deben revisar su obligación quienes al 31 de diciembre de 2025 registraron un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT o tenían la condición de responsables del IVA.
La Dian utiliza el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para establecer estos límites y otras obligaciones fiscales.
Los contribuyentes deben verificar con anticipación su fecha límite. Presentar la declaración después del vencimiento puede generar sanciones e intereses, según corresponda.
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